Miembros electos, titulares de los órganos de gobierno, altos cargos o asimilados y titulares de los órganos superiores y directivos de la entidad

Retribución percibida anualmente, articulada en función de la clase o categoría del órgano, y en caso de dedicación parcial, especificando la dedicación mínima exigida (1048)

Cumpliendo el artículo 4, punto 5 de los estatutos de la entidad, “Los Patronos ejercerán su cargo gratuitamente, sin que, en ningún caso, puedan percibir retribución por el desempeño de su función”.

Las retribuciones por el desempeño de las funciones de Director Gerente, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Vicerrector, que asciende a 10.474,94 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Las retribuciones por el desempleo de las funciones de Subdirector, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Director de Secretariado, que asciende a 4.407,48 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Última fecha de revisión: 12/09/2023 16:05

Años anteriores

Cumpliendo el artículo 4, punto 5 de los estatutos de la entidad, “Los Patronos ejercerán su cargo gratuitamente, sin que, en ningún caso, puedan percibir retribución por el desempeño de su función”.

Las retribuciones por el desempeño de las funciones de Director Gerente, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Vicerrector, que asciende a 10.220,09 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Las retribuciones por el desempleo de las funciones de Subdirector, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Director de Secretariado, que asciende a 4.300,20 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Cumpliendo el artículo 4, punto 5 de los estatutos de la entidad, “Los Patronos ejercerán su cargo gratuitamente, sin que, en ningún caso, puedan percibir retribución por el desempeño de su función”.

Las retribuciones por el desempeño de las funciones de Director Gerente, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Vicerrector, que asciende a 10.071,97 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Las retribuciones por el desempleo de las funciones de Subdirector, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Director de Secretariado, que asciende a 4.237,88 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Cumpliendo el artículo 4, punto 5 de los estatutos de la entidad, “Los Patronos ejercerán su cargo gratuitamente, sin que, en ningún caso, puedan percibir retribución por el desempeño de su función”.

Las retribuciones por el desempeño de las funciones de Director Gerente, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Vicerrector, que asciende a 9.874,48 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Las retribuciones por el desempleo de las funciones de Subdirector, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Director de Secretariado, que asciende a 4.154,78 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Cumpliendo el artículo 4, punto 5 de los estatutos de la entidad, “Los Patronos ejercerán su cargo gratuitamente, sin que, en ningún caso, puedan percibir retribución por el desempeño de su función”.

Las retribuciones por el desempeño de las funciones de Director Gerente, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Vicerrector, que en el momento de la firma asciende a 9.570,54 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Las retribuciones por el desempleo de las funciones de Subdirector, corresponden a:

  • La cantidad equivalente al complemento académico de Director de Secretariado, que en el momento de la firma asciende a 4.026,81 € en cómputo anual.
  • Una cantidad diaria para retribuir los gastos necesarios en concepto de dietas que, de forma argumentada, sean justificadas. El importe será equivalente al determinado en el Artículo 9.A.3.a).1º por gastos de manutención del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en el momento de la firma asciende a 53,34 €.

Indemnizaciones percibidas con ocasión del abandono del cargo (1050)

No se liquidan indemnizaciones por ocasión de abandono del cargo a los titulares de los órganos de gobierno o directivos de la entidad.

Última fecha de revisión: 12/09/2023 16:05

Personal funcionario, laboral y estatutario

Información general de las retribuciones del personal funcionario, estatutario y laboral, articulada en función de los niveles y cargos existentes, y en su caso, diferenciando las básicas de las complementarias (1053)

Información general de las retribuciones del personal funcionario, estatutario y laboral, articulada en función de los niveles y cargos existentes, y en su caso, diferenciando las básicas de las complementarias.

Última fecha de revisión: 12/09/2023 16:05

Miembros electos, cargos de la Administración, personal directivo y personal eventual

Viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados o sociales (1056)