Becas \'Universitas Prolingua\' para formación en el extranjero en lenguas

miércoles 01 de diciembre de 2010 - 13:39 CET

El proyecto Universitas Prolingua 2010, financiado por la Dirección General de Universidades e Investigación del Gobierno de Canarias, contempla la realización de un programa de acciones formativas en lenguas, concretamente en inglés, francés y alemán.

Las becas están focalizadas hacia el desarrollo profesional de los beneficiarios.

Dentro de este programa, la Fundación Empresa de la Universidad de La Laguna establece y financia con cargo a  dicha subvención una convocatoria pública de diez becas para formación de lenguas en el extranjero en empresas  líderes en sectores económicos de interés para Canarias, de acuerdo con las siguientes:

Bases

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1 Se convocan diez becas para el extranjero.

1.2  La duración de la beca será de tres meses.

1.3  El importe de cada beca será de 800 euros/mes, más los gastos de desplazamiento y seguros

2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Podrán participar en esta convocatoria los estudiantes de posgrado matriculados actualmente en la Universidad de La Laguna  o egresados que hayan finalizado estudios de posgrado con posterioridad a Septiembre de 2008 en esta Universidad.

3. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

3.1 Los interesados que cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior y deseen obtener una de las ayudas de esta convocatoria, deberán inscribirse en el portal de la Fundación Canaria Empresa Universidad de la Laguna para posteriormente, si cumplen los requisitos establecidos en puntos anteriores, formalizar la matrícula en la secretaria de la Fundación.

3.2 El plazo para realizar la solicitud será desde el día  10 de noviembre hasta el 30 de Noviembre de 2010.

4. DOCUMENTACIÓN NECESARIA.

4.1 Los solicitantes  que estén matriculados o hayan finalizado sus estudios en la Universidad de La Laguna, podrán autorizar a  la Fundación Empresa-Universidad de La Laguna a la consulta de su expediente académico. En caso contrario, deberán acreditar que cumplen los requisitos de la convocatoria mediante copia del documento de matrícula e incluir certificación del expediente académico.

4.2 Los solicitantes que  no hayan realizado sus estudios en la Universidad de La Laguna deberán aportar certificación del expediente académico, donde conste la calificación media obtenida.

4.3 Toda documentación presentada en otro idioma deberá estar traducida al castellano, si se trata de certificaciones académicas deberán contener las equivalencias al sistema español (de uno a diez).

5. CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de los alumnos/as admitidos/as se realizará considerando preferentemente la titulación universitaria  en consonancia al perfil demandado por las empresas, el expediente académico y el nivel de idiomas, en cualquier caso tendrán preferencia los alumnos y alumnas que estén cursando estudios de Posgrado en el curso académico 2010/2011.

La comisión evaluadora estará compuesta por Dª María Dolores Ramos, directora de Secretariado del Vicerrectorado de Proyección Internacional de la Universidad de La Laguna, Dª Inés Ruiz, directora del Área de Fomento del Empleo de la Fundación Empresa Universidad de La Laguna, Dª María Victoria Reyes, Directora del Área de Formación de la Fundación Empresa Universidad de La Laguna y D. Bernardo Barrera, Gestor del Proyecto.

6. PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD DE LA ADJUDICACIÓN

Una vez estudiadas las solicitudes y ordenadas según la puntuación obtenida, se publicará en los tablones de anuncios de la FEULL la relación provisional de candidatos seleccionados ordenados de acuerdo con la baremación realizada y constituirán la lista de espera con la que se irá sustituyendo, por riguroso orden, a los adjudicatarios que, por cualquier causa, renuncien a la beca. Una vez publicadas las listas se abrirá un plazo de 48 horas para reclamaciones. La comisión evaluadora  estudiará  las reclamaciones y se publicarán las listas definitivas de adjudicación de las becas.

7.  PLAZO DE RESOLUCIÓN

El plazo máximo para resolver el procedimiento finalizará el 3 de diciembre de 2010

8. FALTA DE RESOLUCIÓN EXPRESA

Transcurrido el plazo de resolución sin que ésta se haya dictado expresamente se entenderá desestimada la solicitud.

9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

Las personas que resulten adjudicatarias de las ayudas asumen expresamente las siguientes obligaciones:

9.1 Respetar las bases de esta convocatoria y las instrucciones que en su desarrollo puedan dictarse.

9.2 Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda

10. CARÁCTER VINCULANTE DE LAS BASES

La presentación de la solicitud implica aceptar en su totalidad las condiciones de la convocatoria, que vinculan por igual a los aspirantes y a la comisión de selección designada en las bases.